Condenaron a prisión a cuatro de los jóvenes encausados durante las manifestaciones de mayo del 2014 que resistían al desalojo centro juvenil ocupado, Can Vies; uno de los más emblemáticos, con 17 años de funcionamiento en Barcelona.

Un joven de 19 años ha sido condenado a tres años y nueve meses y tendrá que entrar en prisión si los recursos no prosperan . También dos jóvenes a un año y otro de ellos a ocho meses. Se absolvió a una quinta persona.

El juez Ricardo Yáñez sentenció a los cuatro detenidos de Can Vies con la palabra policial como única prueba. En cada uno de los juicios se han desestimado las pruebas y testimonios aportadas por la defensa. La defensa ha recalcado que las detenciones fueron “arbitrarias” y que si tal y como declaró la policía “todos los manifestantes vestían igual” no se puede asegurar que quien acabara esposado fuera el culpable del supuesto delito que se le atribuye.

Los jóvenes habían sido detenidos el lunes 26 de mayo de 2014 en el céntrico barrio barcelonés de Sants, cuando se produjo el desalojo del Centro Social Ocupado de Can Vies. Entonces se convocaron manifestaciones que fueron duramente reprimidas y la juventud del barrio se alzó contra la represión.

Durante cuatro noches el barrio de Sants enfrentó una brutal represión. La juventud en la calle y el resto de vecinos desde los balcones clamaban en contra de la ocupación del barrio que las fuerzas de seguridad llevaron a cabo. Se produjeron duros enfrentamientos y la solidaridad saltó a la mayoría de barrios de la ciudad.
La jornada más multitudinaria fue la del 31 de mayo, donde una marcha de miles de personas recorrió el centro de la ciudad. Ya en el Raval la policía rodeó la manifestación y se desencadenaron los disturbios. Entonces el ayuntamiento cedió y permitió que Can Vias pudiera quedarse en Sants por dos años más.

El saldo final fue de cientos de heridos y 72 detenidos – seis de ellos fueron detenidos un mes y medios después de los hechos -, además dos de los detenidos estuvieron casi un mes en prisión preventiva. Ya a finales del año pasado, Sergi Rubia, que estuvo en prisión preventiva 24 días, fue absuelto de todos los cargos.

Casi cuatro años por arrojar una botella

El joven de 19 años detenido la noche del 29 de mayo ha sido condenado a tres años y nueve meses por haber arrojado, con el rostro cubierto, una botella de vidrio contra un agente que la paró con su escudo. Fue detenido diez minutos después del supuesto botellazo en otra zona y con otra ropa.

El joven acusado niega haber estado en el lugar de los hechos y asegura que cuando se le detuvo se dirigía a su casa después de haber cenado con unas amigas. Pero la sentencia es demoledora, en ella se le acusa de atentado grave contra un agente de la autoridad con un “instrumento peligroso” y con el agravante de que – según los policías que aquella noche iban de civil– iba “disfrazado” con una bufanda que le cubría el rostro. El juez recalca que “los policías actuantes son claros y terminantes en indicar que vieron al joven coger del suelo una botella de vidrio grande, que lanzó contra un agente uniformado de la policía autonómica impactándola en su escudo” y sentencia por eso que la “credibilidad al doble testimonio de cargo, no se plantea duda en la íntima convicción de este juzgador”.

Una fotógrafa condenada.

Una fotoperiodista detenida la madrugada del 29 de mayo ha sido condenada a una año de prisión por supuestamente lanzarle una piedra “de medidas reducidas” a un grupo de agentes de civil “despreciando el principio de autoridad y con la intención de herirlo”. Ella argumenta que esa noche se encontraba fotografiando los disturbios y no lanzó ninguna piedra a nadie.

Fue detenida cuando asistía a una persona mayor que se había caído e incluso presentó numerosos testigos que daban fe de ello, pero el juez Yáñez argumenta que “ninguno tiene entidad suficiente para desvirtuar los cargos basados en los testimonios policiales ya valorados como persistentes y creíbles” y prosigue afirmando que “pretender sostener que una periodista es imposible que tire una piedra es desoír las reglas más elementales de la valoración de pruebas”.
Cabe destacar que en los últimos años los periodistas que se dedican a fotografiar a los antidisturbios durante sus actuaciones han sufrido numerosos episodios represivos, llegando, en algunos casos, a quedar inconscientes después de recibir palos por parte de la policía.

La inocencia de los acusados es un relato “inverosímil» para la Juisticia

Le han caído ocho meses por huir de la autoridad y «resistirse” a ser detenido. Relata que la noche del 28 de mayo se encontraba en la calle cuando se topó con una marea de gente que huía de la policía. Empezó a correr con ellos pero un agente se le tiró encima y entonces resbalo tirando, con él, al policía. El agente dice que no se resbaló, sino que se opuso a su detención provocando que los dos cayeran al suelo.
El juez considera que el relato del acusado “resulta no sólo absurdo, sino inverosímil” porque lo lógico, según Yáñez, habría sido “deshacer lo andado para apartarse de esa corriente humana perseguida por fuerzas policiales” con lo que para el juez queda probado que fue “autor de un delito de resistencia a agentes de la autoridad”.
Se desestimó, por falta de “verosimilitud”, el testimonio de una vecina que corroboró la versión de la defensa ya que al juez le parece “curioso” que la señora recordara la cara del joven, que no volvió a ver en siete meses.

De nuevo la versión policial es la que manda

La polémica vuelve a salpicar otro caso de represión contra la juventud. Al igual que se hiciera con el caso 4-F, se tacha de “inverosímil” o falso toda prueba o testimonio – argumentando que “ninguno tiene entidad suficiente para desvirtuar los cargos basados en los testimonios policiales” que son los creíbles – que presente la defensa. De nuevo se le da credibilidad a la policía dejando clara la complicidad existente entre las fuerzas de seguridad y la justicia.

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